Actualización del CFDI versión 4.0 en docDigitales

La actualización del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), mejor conocida como CFDI versión 4.0, es la nueva forma de facturación que deberán emplear todos los contribuyentes para generar facturas electrónicas y que sustituirá por completo a la versión 3.3.

En docDigitales ya estamos listos para que emitas tus facturas con esta nueva versión. A continuación te contamos acerca de los cambios más importantes y lo que necesitas para emitir tus facturas.

Actualizar los Datos del Emisor y receptor

  • Se validará la razón social del emisor y receptor. El nombre del emisor y receptor deberá estar expresado en mayúsculas y debe coincidir con el inscrito en el RFC. Se recomienda consultar en la constancia de situación fiscal: Manual para descargar tu Constancia de Situación Fiscal
  • Para el caso de personas morales, se deberá omitir el régimen de capital, por ejemplo, el nombre “PAPELERIA EL LAPIZ SA DE CV” se deberá registrar como “PAPELERIA EL LAPIZ”.
  • Confirmar el código Postal de la dirección fiscal, tuya y la de tus clientes. 
  • Deberás capturar el régimen fiscal del receptor. Aquí será necesario que tu cliente consulte su constancia de situación fiscal.

Los datos de tu empresa (emisor) los debes modificar en Configuración>datos fiscales. Recuerda que modificarás: Nombre o Razón Social, si eres persona moral deberás omitir el régimen capital. Verificar tu régimen fiscal y código postal como aparece en tu constancia.

En el menú de clientes, deberás actualizar la información de Nombre o Razón Social, Catálogo de Régimen Fiscal y el Código Postal como aparece en la constancia de situación fiscal de tus clientes. Recuerda que para el caso de personas morales, se deberá omitir el régimen de capital.

Actualizaciones importantes en el llenado del CFDI

  • Se agrega al catálogo de uso de CFDI el uso “S01- Sin efectos fiscales”, el uso “P01 – Por definir”, ya no será válido.
  • Se agrega un nuevo atributo en los conceptos a facturar para expresar si el concepto es objeto de impuestos:
    • 01 – No es objeto de Impuesto: Se considera como no objeto de impuesto a aquellos que el contribuyente no realiza en territorio nacional.
    • 02 – Sí es objeto de impuesto: cuando el emisor es únicamente el causante del impuesto. Establecido las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen alguna de las siguientes actividades o actos: enajenación de bienes, prestación de servicios independientes, importación de bienes o servicios, prestación de bienes para su uso o gozo temporal. Nota: El IVA exento e IVA tasa cero si se consideran objeto de impuesto
    • 03 – Si es objeto de impuesto y no obligado al desglose: Cuando utiliza un estímulo fiscal donde decide no hacer el desglose de impuestos.
    • 04- Si es objeto de impuesto y no causa impuesto Si el concepto a facturar involucra más de un impuesto y uno se desglosa y otro no este caso se considera 02- sí objeto de impuesto. Es importante consultar con tu contador el objeto de impuesto para tus productos.

El campo de objeto de impuesto puedes capturarlo desde el catálogo de productos en Facturación>Catálogo de Productos>Editar Producto> Objeto de Impuesto

Así es como lo verás reflejado en tus facturas con la versión 4.0:

Otros cambios

  • Para facturas globales se agregaron campos para información adicional, en donde se debe indicar:
    • Periodicidad
    • Meses
    • Año (no puede ser menor a 2021)

Ahora al llenar el CFDI, encontrarás un campo que dice: “Exportación” que sirve para especificar si el comprobante ampara una operación de exportación. El valor seleccionado por defecto es “No Aplica”. En caso contrario deberás seleccionar alguna de las opciones del catálogo.

exportacion

Nota: Se requiere el llenado del complemento de comercio exterior, cuando llenamos este campo con la opción Definitiva.

  • Existe un nuevo nodo para expresar si un concepto se hace en nombre de un tercero (a cuenta de terceros).

¿Cuándo se utiliza? Si en la versión 3.3 utilizas el complemento cuenta a terceros. Ahora con la versión 4.0  activarás en “Opciones adicionales de factura” para llenar la información que te solicitan.

Cambios adicionales en:

  • Complemento 2.0: Es obligatorio expresar en número de la parcialidad.
  • Nómina: Ahora el SAT validará al timbrar los recibos de nómina que coincida nombre completo y el código postal del domicilio (no importa que no sea el domicilio donde reside el receptor de la nómina,  con que cuentes con el código postal que tiene registrado en su alta en el SAT).

Te invitamos a consultar nuestro Blog donde podrás encontrar información actualizada de los cambios requeridos por el SAT.

¿Tienes dudas?

Contáctanos al (686) 520-0503 o bien, a nuestro correo electrónico contacto@docdigitales.com

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