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Comunicado: Aplicación de los Nuevos Estímulos Fiscales en la Frontera Norte

El día 7 de Enero de 2019, fue publicada la 6ta Resolución de Modificaciones para la Resolución Miscelánea Fiscal 2018, donde el SAT establece las reglas de operación y el mecanismo para que los contribuyentes puedan acceder al estímulo fiscal.

Para obtener los beneficios del estímulo fiscal para ISR, deberemos de:

  • Acreditar antigüedad de por lo menos 18 meses.
  • Contar con e-firma vigente.
  • Tener acceso al buzón tributario.
  • Registrarse antes del 31 de marzo en el padrón.
En el caso del IVA:
  • Realizar la entrega material de los bienes o la prestación de los servicios en la Región Fronteriza Norte.
  • Presentar un aviso de aplicación del estímulo fiscal antes del día 7 de Febrero.

Las personas físicas o morales que deseen obtener su inscripción al “Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”, deberán presentar un aviso a través del Portal del SAT: www.sat.gob.mx

En la siguiente imagen encontramos los pasos a seguir para este proceso:

Proceso

Indica el trámite_ESTIMULO ISR ZONA FRONTERIZA1_DEC-10 Aviso para inscribirse en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal de ISR para la RFN

Una vez que se haya presentado el aviso para aplicar IVA, el SAT dará respuesta a la solicitud en un plazo de 72 horas posterior a la fecha del trámite.

Para el caso de ISR, el SAT emitirá resolución a la solicitud de autorización, a más tardar dentro del mes siguiente a la fecha de presentación de la solicitud. En caso de que el citado órgano desconcentrado no emita la resolución correspondiente, se entenderá emitida en sentido negativo.

Dentro del sistema de docDigitales a partir del 12 de enero contaremos con las validaciones necesarias para los contribuyentes apliquen este  Estímulo Fiscal para la Frontera Norte en IVA e ISR.

Para mayor información te invitamos a que ingreses en el SAT en la siguiente liga para consultar la 6ta. Resolución de Moficiaciones RMF 2018:

Resolución de Modificaciones para la Resolución Miscelánea Fiscal 2018

Te invitamos a consultar nuestro Blog donde podrás encontrar información actualizada de los cambios requeridos por el SAT.

¿Tienes dudas?

Contáctanos al (686) 520-0503 o bien, a nuestro correo electrónico contacto@docdigitales.com

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