Emprendimiento
Devolución de impuestos en México ¿Cómo y cuándo se hace?
El pago de tus impuestos no es definitivo, en algunos casos puedes recuperar dinero o tener saldo favor, a esto se le conoce como devolución de impuestos. Aprende todo sobre este beneficio fiscal del SAT para personas físicas y morales.
¿Qué es la devolución de impuestos?
La devolución de impuestos es un reembolso que hace el SAT a los contribuyentes cuando han pagado más impuestos de los que les corresponden. Esto puede ser porque aplicaron deducciones personales, tuvieron saldo a favor de ISR (Impuesto Sobre la Renta) o porque se realizaron pagos/retención en exceso de IVA (Impuesto sobre el Valor Agregado) en sus declaraciones.
El fundamento legal de la devolución de impuestos está en el Código Fiscal de la Federación (CFF), artículo 22, el cual establece que cualquier persona física o moral que haya pagado de más tiene derecho a solicitar la devolución.
¿Quién puede solicitar devolución de impuestos?
Personas físicas
Las personas físicas pueden solicitar la devolución de impuestos si tienen saldo a favor en su declaración anual de ISR o si han realizado pagos en exceso. Algunos casos comunes incluyen:
- Asalariados con deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios, etc.).
- Trabajadores independientes o emprendedores con retenciones o pagos de impuesto en exceso.
- Arrendadores que hayan pagado más impuestos de los que corresponden.
Personas morales
Las personas morales, empresas o sociedades, pueden solicitar devolución cuando:
- Han pagado en exceso ISR, IVA u otros impuestos.
- Tienen saldo a favor en IVA, por ejemplo, en casos de exportación o acumulación de créditos fiscales.
- Han duplicado pagos o cometido errores en declaraciones.
NOTA: Las personas físicas y morales dentro del RESICO pueden solicitar devolución cuando se les haya retenido más ISR del usual.

Requisitos generales para tramitar la devolución de impuestos
- Haber presentado la declaración anual en tiempo y forma.
- Tener saldo a favor derivado de pagos en exceso o deducciones personales.
- Contar con e.firma (firma electrónica avanzada) si el saldo a favor es mayor a $10,000 pesos.
- Estado de cuenta con CLABE interbancaria, nombre y RFC del contribuyente para el depósito de la devolución.
- No tener adeudos fiscales ni inconsistencias en la declaración.
¿Cuándo debo pedir la devolución de impuestos?
Cuando presentes tu declaración anual de ISR, en marzo las personas morales y en abril las personas físicas (el IVA después de enviar tus declaraciones mensuales o bimestrales). Si realizaste pagos indebidos o en exceso, puedes hacerlo en cualquier momento, con un plazo máximo de 5 años (contando desde el día en que se generó saldo a favor o pago de lo indebido) para hacer la solicitud en el portal del SAT de devoluciones y compensaciones.
¿Cómo hacer mi devolución de impuestos anual?
Devolución automática
Si eres una persona física y presentas tu declaración anual sin atrasos ni inconsistencias, puedes optar por la devolución automática del saldo a favor del Impuesto sobre la Renta (ISR) durante la declaración:
- Indica que deseas la devolución.
- Proporciona tu número de cuenta CLABE (18 dígitos).
- Especifica el nombre del banco donde se realizará el depósito.
Importante: Para montos mayores a $10,000 pesos y hasta $50,000 pesos, es necesario utilizar la e.firma si la cuenta CLABE destino no está precargada en el sistema. Para devoluciones superiores a $50,000 pesos, también se requiere el uso de la e.firma. Consulta los requisitos para la devolución automática aquí.
Solicitud de devolución en el SAT
La solicitud de devolución de impuestos se hace en línea a través del portal del SAT > ‟Trámites y servicios” > ‟Declaraciones para personas” o ‟Declaraciones para empresas” (según corresponda) > ‟Devoluciones y compensaciones” > ‟Más información en devoluciones y compensaciones”.

El proceso para la devolución del ISR es el mismo que el de la devolución del IVA. Sin embargo, la documentación o información requerida cambia (papel de trabajo, facturas electrónicas, comprobantes fiscales, estados de cuenta, acuse de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros [DIOT], etc.). En la página de devoluciones y compensaciones, puedes visualizar los requisitos para cada uno.
A continuación te explicamos el proceso general:
Devolución del ISR y del IVA
- Inicia sesión en tu buzón tributario y da clic en ‟Devoluciones y compensaciones”.
- Revisa tus datos fiscales (de identificación, contacto y domicilio) y da clic en ‟Siguiente” para confirmar.
- Configura la ‟Información del trámite” indicando el origen de la devolución (saldo a favor, pago de lo indebido, resolución o sentencia, IMPAC por recuperar de ejercicios anteriores), el tipo de trámite (impuesto y régimen fiscal que aplica), el suborigen del saldo e información adicional en caso requerido. Haz clic en ‟Siguiente” para continuar.
- Completa los datos del formato electrónico, adjunta la documentación solicitada con formato .zip (de acuerdo a tu caso) y da clic en ‟Verificar” cuando toda tu información sea correcta.
- Descarga tu acuse electrónico de la solicitud de devolución y la lista de verificación.
Siempre es recomendable que te asesores con un experto en temas fiscales para evitar errores y reunir la documentación adecuada para ti o tu negocio. De igual manera, el SAT ofrece orientación gratuita en sus canales de atención al contribuyente, en el centro de contacto.

¿Cuándo pagan la devolución de impuestos?
Una vez enviada la solicitud de devolución de impuestos, las autoridades fiscales deben resolver tu solicitud (declinar o aceptar y pagar) en máximo 40 días hábiles. Para la devolución de impuestos automática, el pago es casi inmediato, la devolución suele realizarse en un plazo de 5 a 10 días hábiles, siempre que:
- No haya inconsistencias en los datos.
- El saldo a favor no supere los $150,000 pesos.
- Se haya registrado correctamente la CLABE interbancaria.
¿Cómo checar el estatus de mi devolución de impuestos?
Ingresa a tu buzón tributario con tu RFC y contraseña o e.firma > “Servicios disponibles” > “Devoluciones y compensaciones” > “Consulta el Estado de tu devolución”. También puedes llamar al 55 627 22 728 (número del SAT) de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas y preguntar a un ejecutivo el estatus de tu solicitud.

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