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Nuevas reglas para la emisión de Complemento de Recepción de Pagos
En docDigitales, te informamos de los cambios en la Resolución Miscelánea Fiscal 2019 en donde se publicaron nuevas reglas en la emisión de los complementos de recepción de pago.
A partir de esta última Resolución MIscelánea Fiscal el SAT ofrece:
- La facilidad de poder timbrar CFDI como Pago en Una sola Exhibición (PUE), siempre y cuando se conozca la fecha y forma de pago de la factura y que sea liquidada antes del último día del mes de emisión de dicho CFDI.
- No emitir con complemento de recepción de pago aunque haya sido pagada en fecha posterior, al tener pactado el pago antes del cierre del mes.
Es importante saber que si no se cumple con lo especificado en la regla es necesario sustituir el CFDI y generar sus complementos respectivos.
Por ejemplo, en el caso de que emitas una Factura con pago en una sola exhibición y una forma de pago específica, por ejemplo en efectivo, y tu cliente liquide antes del cierre del mes pero paga con transferencia, será necesario la cancelación del CFDI previo y deberás sustituirlo con los datos correctos.
Por otro lado, si tu cliente no liquida la factura antes del último día del mes, será necesaria la cancelación y sustitución de la factura por una con Pago en Parcialidades o Diferido (PPD) y Forma de Pago 99.-Por definir, así como emitir sus complementos de recepción de pago correspondientes.
En docDigitales realizar tus complementos de recepción de pagos es muy sencillo. Te invitamos a que agregues a tu plan AdminSAT y conozcas los beneficios de contar con todos tus CFDI dentro de un mismo sistema ¡Olvídate de seguir consultado tu Buzón Tributario!
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