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Nuevos Cambios en la Nómina en 2020
El SAT dio a conocer algunos cambios importantes para considerar dentro del llenado de nómina, mismos que serán de carácter obligatorio a partir de febrero 2020.
- Si pagas nómina por concepto de Sueldos y Salarios (Tipo de Régimen de contratación “02” incluido asimilados a salarios señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR), se validará que el recibo de nómina incluya el apartado de subsidio para el empleo, aún y cuando este sea “0”.
- Si el concepto de la nómina del trabajador es diferente al Tipo de Régimen de contratación “02” (sueldos y salarios), la nómina no deberá incluir el subsidio para el empleado. Te recomendamos consultar el Apéndice 6 de la Guía de llenado de la Nómina, para registrar los conceptos de percepciones, otros pagos y deducciones por cada tipo de régimen de contratación.
Ten en cuenta que el subsidio para el empleado registrado en la nómina no debe ser mayor a los montos establecidos en las disposiciones fiscales, y que debes basarte en las tablas publicadas en el Anexo 8 de la resolución miscelánea fiscal.
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